Términos y Condiciones para la Provisión de Software y Servicios
Los presentes Términos y Condiciones junto con la/s Oferta/s correspondientes, tienen por objeto regular los términos contractuales de la provisión de Software, y la prestación de Servicios, así como delimitar el marco en el que deben desarrollarse las relaciones comerciales entre la compañía identificada en la Oferta (en adelante, Ibernova) y el Cliente.
Los presentes Términos y Condiciones son vinculantes con relación a un pedido para obtener una licencia de uso de Software, la prestación de Servicios, Servicios de Soporte y/o Mantenimiento, Servicios SaaS y/o la adquisición de Productos de Terceros tras la firma de la Oferta correspondiente por parte de Ibernova y del Cliente.
En este sentido, las partes dejan expresa constancia de que han leído y aceptan sin reservas estos Términos y Condiciones y que los mismos, junto con la/s Oferta/s, constituyen el acuerdo completo de las partes con relación al objeto de la/s Oferta/s y que no se aplicarán otros Términos y Condiciones ni compromisos anteriores por parte de Ibernova o del Cliente, salvo acuerdo por escrito entre las partes. En caso de controversia entre el contenido de la/s Oferta/s y de los presentes Términos y Condiciones prevalecerán los acuerdos y detalles de la/s primera/s, y así se interpretarán en caso de conflicto por su carácter de específicas.
Ibernova tiene derecho a modificar los presentes Términos y Condiciones o a añadir nuevas condiciones. Dichos cambios entrarán en vigor a los siete días de que se hayan dado a conocer o notificado. Dicha notificación puede llevarse a cabo por distintos medios, incluyendo su publicación en la página web de Ibernova, la web de Clientes, por correo electrónico o por cualquier otro medio que permita al Cliente tener conocimiento de dichos cambios. La continuidad en la relación comercial entre las partes tras dichos cambios se considerará como aceptación por parte del Cliente de dichos cambios.
1. OBJETO Y VIGENCIA
1.1 Objeto
Constituye el objeto del presente contrato el otorgamiento por parte de Ibernova en favor del Cliente de un derecho de uso (licencia) del Software, así como la prestación de servicios con el alcance descrito en la Oferta.
1.2 Vigencia
La fecha de entrada en vigor de los presentes Términos y Condiciones coincide con la de firma de la Oferta por parte de Ibernova (tras la firma de la Oferta por parte del Cliente) y la Oferta seguirá vigente hasta su caducidad o terminación.
2. SOFTWARE
2.1 Titularidad
El Software y todas sus copias son titularidad de Ibernova y/o sus licenciantes y todos los Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial, morales y económicos sobre el Software permanecerán en todo momento bajo la titularidad de Ibernova y/o sus licenciantes, lo que es expresamente reconocido por el Cliente.
2.2 Licencia
2.2.1. Al pago de la Cuota de Licencia, de Suscripción o de SaaS, Ibernova otorga al Cliente una licencia individual, no exclusiva e intransferible para el uso de los módulos en la cantidad y condiciones del Software establecido en la/ Oferta/s (“la Licencia”). El Cliente no dispondrá de licencia de uso del Software hasta el completo pago de la citada Cuota de Licencia. En el caso de Cuota de Suscripción o SaaS, el Cliente dispondrá de licencia de uso del Software mientras abone la citada Cuota.
2.2.2. Sin perjuicio de lo indicado en la cláusula anterior, el Cliente tiene licencia para utilizar los elementos servidores del Software en las instalaciones y para el entorno y número de usuarios contratado en la Oferta. Se deja constancia de la necesidad de que el Cliente cuente con una instalación para desarrollo y pruebas en otro servidor distinto de aquél en el que se instalará el Software para su uso en real. El número de usuarios con licencia para cada módulo y producto de Software no podrá dividirse entre múltiples instalaciones de servidor a menos que las partes así lo acuerden específicamente en la/s Oferta/s.
2.2.3. El Software solamente puede ser utilizado por:
a) el Cliente,
b) la organización matriz o filiales del Cliente para sus propios motivos internos de negocio en cada caso, siempre y cuando la organización matriz tenga en propiedad el 51% o más del Cliente; y/o
2.2.4. El Cliente, con la utilización del Software por parte de las entidades descritas en la cláusula 2.3 confirma haber obtenido el compromiso de éstas del cumplimiento de la totalidad de los Términos y Condiciones. Sin perjuicio de lo anterior, el Cliente asume y acepta la responsabilidad legal y solidaria ante Ibernova por las acciones y/u omisiones de su organización matriz o filiales en relación con cualquier incumplimiento de la Licencia o sus obligaciones bajo los presentes Términos y Condiciones por parte de estas.
2.2.5. El Cliente autoriza a Ibernova a adoptar las medidas oportunas en orden a verificar que los accesos por parte de los usuarios se correspondan con el número de licencias y usuarios contratados por éste. En este sentido, el Cliente autoriza a Ibernova a auditar el uso del Software y a colaborar en la auditoría, en caso de que sea necesaria su implicación.
2.3. Obligaciones de Licencia del Cliente
2.3.1. El Cliente y cualquier parte autorizada a usar el Software de conformidad con la cláusula 2.3 deberán:
2.3.1.1 asegurar y proteger los derechos de propiedad del Software y de toda copia que de él se haga.
2.3.1.2 exceptuando la distribución del Software del Cliente a los usuarios autorizados según se define en la cláusula 2.2, asegurarse de que no se entregan copias del Software en ningún formato a terceras partes e impedir el acceso al Software a terceros sin el consentimiento expreso y por escrito de Ibernova.
2.3.1.3 dar instrucciones a aquellos de sus empleados que tengan acceso al Software para que no copien, descompilen, desensamblen, aíslen los componentes o dupliquen el Software o proporcionen información o ayuda en relación con estas actividades a terceros.
2.3.1.4 reproducir todo aviso de copyright en todo material relacionado con el Software o parte de este en el cual se muestre tal aviso de copyright y no suprimir ningún aviso de copyright, Marca Registrada, información acerca de la marca registrada, aviso de confidencialidad, signo, leyenda u otra información incluida en el Software.
2.3.1.5 no asignar, transferir, hipotecar, gravar, realizar o efectuar cualquier otra gestión relacionada con cualquiera de sus derechos, deberes u obligaciones bajo esta Licencia sin el consentimiento previo y por escrito de Ibernova.
3. SERVICIOS DE SOPORTE Y MANTENIMIENTO DEL SOFTWARE
El servicio de soporte y mantenimiento a prestar por parte de Ibernova consiste en:
3.1 Mantenimiento correctivo de Software estándar
Este servicio incluye la atención de dudas sobre el funcionamiento del Software, la notificación y atención telefónica de errores o anomalías detectadas por el Cliente, así como la manipulación de datos incorrectos como consecuencia de un mal funcionamiento del Software.
3.2 Mantenimiento correctivo de adaptaciones
Se aplica, siempre y cuando así esté contratado por Cliente en la Oferta, a las modificaciones por programación, workflows y reports realizados por Ibernova e incluye:
- Atención y dudas sobre el funcionamiento de las adaptaciones realizadas por Ibernova.
- Corrección de anomalías y fallos provocados por el Software.
El Cliente comunicará a Ibernova, a través de los medios anteriormente señalados, las anomalías que detecte durante el uso del Software. Siempre que dichas anomalías o errores estén incluidas en los servicios anteriormente descritos, Ibernova procederá conforme al siguiente procedimiento:
1º.- Atención telefónica: Ibernova (i) realizará los diagnósticos iniciales de errores o anomalías del Software. Para ello es necesario que el Cliente informe a Ibernova de todos los datos relacionados con el error o anomalía comunicados y (ii) emitirá las recomendaciones para la resolución de los errores o anomalías comunicadas, así como para la aclaración de las dudas puntuales que sobre el funcionamiento del Software hayan surgido en el Cliente.
2º.- Atención vía conexión remota: En el caso de que las recomendaciones o las acciones que Ibernova pudiera adoptar, tuvieran que ser enviadas a las instalaciones informáticas del Cliente, Ibernova se lo comunicará a éste para que realice la correspondiente transmisión vía remota. En este sentido es responsabilidad del Cliente la obtención y mantenimiento de la infraestructura necesaria (entendiendo como tal el coste de las líneas de comunicación o de tráfico de datos entre las instalaciones de Ibernova y el Cliente) que resulten necesarias para que Ibernova preste de forma remota el servicio de mantenimiento correctivo.
3º.- Atención in situ: En el caso de que se requiera la presencia de los consultores de Ibernova en sus instalaciones para la resolución de los problemas que surjan en relación con los servicios incluidos en este contrato, Ibernova dispondrá de consultores para la atención de dicho servicio, que será facturado según el precio por hora de consultoría en vigor.
3.3 Mantenimiento Evolutivo del Software
Ibernova se compromete a poner a disposición del Cliente las nuevas versiones que se desarrollen del Software, para mejorar la calidad de las prestaciones, modernizar en su caso el código, adaptar el mismo a las nuevas circunstancias del mercado o a las nuevas demandas en los sistemas hardware y software, eliminar errores e introducir pequeñas ampliaciones funcionales.
A la firma del presente contrato, el Software cumple con la normativa legislativa de carácter general y obligatorio. Las posteriores modificaciones legislativas de carácter general y obligatorio y que afecten de forma generalizada a los usuarios del Software serán incluidas en una siguiente actualización que será puesta a disposición del Cliente en el momento en el que dicha versión esté liberada comercialmente. Las modificaciones legislativas que pudieran afectar específicamente al Cliente o al mercado o sector de actividad en el que opere el Cliente o bien aquellas modificaciones legislativas generales que constituyan un cambio sustancial respecto a las características y funcionalidades del Software, salvo indicación expresa de Ibernova no serán objeto de incorporación automática al estándar, por lo que estas modificaciones legislativas podrán ser implementadas previo acuerdo expreso con el Cliente.
3.4 Servicios no incluidos
El servicio de mantenimiento no incluye el suministro por parte de Ibernova de Software que comercialice como productos u opciones nuevas y distintas.
El servicio de mantenimiento sólo se prestará sobre la aplicación efectivamente licenciada al Cliente, sin que Ibernova esté obligada a prestar servicios de mantenimiento de versiones anteriores a la actual y la anterior que se hayan liberado al mercado. El Cliente se obliga a instalar las actualizaciones y mejoras del Software liberadas por Ibernova. En caso de que el Cliente precise la intervención de Ibernova para asistirle en dichas actualizaciones, ello podrá dar lugar a cargos por parte de Ibernova.
En este mismo sentido, el hecho de que un Cliente no actualice el Software licenciado y se mantenga en versiones anteriores a la actual y la anterior dará lugar a un incremento de las tarifas pagaderas a Ibernova por cuanto el soporte a dichas versiones antiguas supone un incremento de costes para ésta. Asimismo, Ibernova no estará obligada a evolucionar ni desarrollar versiones anteriores a la actual y la anterior que se hayan liberado al mercado, limitando sus obligaciones respecto a esos clientes que no hayan evolucionado su Software a la atención y soporte durante un periodo de tiempo limitado.
3.5 Duración de los Servicios
Se proporcionarán Servicios de Soporte y Mantenimiento desde la fecha indicada en la Oferta y hasta el transcurso de UN AÑO desde ese momento. A partir de entonces, los Servicios de Soporte y Mantenimiento se prestarán para periodos anuales sucesivos de 12 meses y continuarán prestándose sujetos a terminación por cualquiera de las partes siempre que otorgue a la otra parte no menos de 60 días naturales de preaviso antes de la fecha de renovación, o hasta que se resuelvan siguiendo lo establecido en los presentes Términos y Condiciones.
3.6. Corrección de errores
3.6.1. Ibernova no asume responsabilidad alguna derivada de que el Software está obligado a prestar servicios de corrección de errores relacionados con:
3.6.1.1 defectos o errores derivados de la no utilización por parte del Cliente de las versiones adecuadas de cualquier otro software necesario para su ejecución en conjunto con el Software.
3.6.1.2 defectos o errores derivados de instalaciones, modificaciones, intervenciones o mejoras del Software proporcionados por cualquier persona ajena a Ibernova.
3.6.1.3 errores del usuario o el uso incorrecto del Software; o defectos de hardware o software fabricado por terceros y utilizado en conjunto con el Software.
3.6.1.4 defectos o errores provocados por el uso del Software en o con equipos no recomendados o aprobados por escrito por parte de Ibernova.
3.6.1.5 utilización del Software con un fin para el que no está destinado.
3.7. Mejoras del Software de Ibernova
3.7.1. El Cliente recibirá nuevas Actualizaciones, Service Packs, Releases o Versiones siempre y cuando se abonen a Ibernova las oportunas Cuotas Anuales de Mantenimiento o las Cuotas de Suscripción o Cuotas de SaaS en relación con el Software de Ibernova. Ibernova se reserva el derecho de cobrar una cuota de mejora razonable para que el Cliente pueda obtener una nueva Release o Versión del Software de Ibernova.
3.7.2. Es responsabilidad del Cliente implementar nuevas Actualizaciones, Service Packs o Releases tan pronto como éstas estén disponibles. Cualquier efecto derivado del retraso del Cliente en implementarlas, es exclusiva responsabilidad del Cliente y supondrá un cargo extra en la cuota de mantenimiento, suscripción o cuota SaaS.
3.7.3. En el supuesto que el Cliente necesite algún Servicio que le ayude con la implementación de una Actualización, Service Pack, Release o Versión, los gastos correrán a cuenta del Cliente, según la Tarifa Vigente de Ibernova.
3.8. Tarifas de Mantenimiento, Soporte, Suscripción y SaaS.
3.8.1. Ibernova podrá revisar e incrementar el precio una vez por año natural durante toda la vigencia del contrato en base al incremento interanual que presente el índice de precios al consumo (IPC), con un mínimo de un 2%, pudiendo el Cliente resolver el contrato, si no estuviera conforme con el incremento aplicado, mediante notificación fehaciente dentro de los treinta (30) días siguientes a que la actualización del precio hubiera sido comunicada. Los precios indicados no incluyen el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) ni ningún otro impuesto aplicable o arancel aduanero en vigor, los cuales irán a cargo del Cliente y serán satisfechos a Ibernova de forma adicional al precio, cuando así resulte de la normativa aplicable. Cualesquiera otros impuestos o aranceles quedan fuera de aplicación a los servicios regulados en el presente contrato, y por tanto serán responsabilidad de cada una de las partes, conforme a Ley.
3.8.2. La Cuota Anual de Soporte para el Software y Suscripción se calcula partiendo de la base que el Cliente utiliza el Software en el sistema operativo y combinación de base de datos identificada por el Cliente en el momento de la instalación. Si el Cliente desea ejecutar el Software utilizando un sistema operativo o combinaciones de bases de datos diferentes, Ibernova se reserva el derecho de revisar la Cuota Anual de Soporte o Suscripción (según corresponda) previa consulta con el Cliente.
3.8.3. Si en algún momento el Cliente adquiere módulos adicionales o aumenta el número de usuarios con licencia, esto conllevará el consiguiente aumento de la Cuota Anual de Soporte o Suscripción. En el año de soporte en que se produzca tal hecho, la Cuota Anual de Soporte o Suscripción se prorrateará para resolverse en consonancia con los Servicios de Soporte principales.
3.9. Software proporcionado en modo Suscripción y SaaS.
El servidor donde estén alojadas las aplicaciones deberá tener acceso a internet para poder conectar con el centro de servicios Saas de Ibernova.
3.9.1. Duración del servicio
(i) La duración del servicio es la convenida expresamente en la Oferta, iniciándose su vigencia a partir de la fecha indicada en la oferta o en su defecto a la firma de esta.
(ii) El establecimiento del plazo se ha convenido de mutuo acuerdo por las partes atendiendo el precio y demás circunstancias de la Oferta, por lo que dicho plazo se conviene como obligatorio para ambas partes, comportando la terminación unilateral por parte del Cliente dentro del expresado plazo, el devengo de una indemnización a satisfacer a Ibernova, equivalente a una cantidad igual al importe de las cuotas que quedaran por satisfacer en el momento de la terminación. Dicha indemnización deberá satisfacerse dentro de los quince días naturales siguientes a la notificación de la terminación por el Cliente.
(iii) Al final del período de vigencia convenido el servicio se continuará prestando, considerándose automáticamente renovado, y prorrogado por períodos anuales sucesivos, salvo que cualquiera de las partes notifique fehacientemente y por escrito a la otra su intención de no renovarlo, con al menos noventa días naturales de antelación a la fecha de expiración del plazo inicial o el de cualquiera de sus prórrogas, sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior. Las partes dejan expresa constancia que el citado plazo es razonable por cuanto Ibernova debe conocer con antelación suficiente la cantidad y características técnicas de los Clientes a los que deberá prestar los Servicios de Soporte y Mantenimiento. Por tal razón, cualquier comunicación que no respete el citado preaviso no se considerará válida y, en consecuencia, el servicio se entenderá renovado por una nueva anualidad.
4. CONDICIONES GENERALES
4.1. Garantía
4.1.1. Ibernova garantiza que el Software, utilizado con arreglo a su documentación y a las correspondientes instrucciones del proveedor de software, funcionará en el momento de su correcta instalación y a partir del mismo, siempre que el Software esté cubierto por los Servicios de Mantenimiento, Soporte, Suscripción o SaaS.
4.1.2. Bajo esta garantía, el Cliente reconoce que el Software de Ibernova es un software comercial y no un programa a medida preparado para satisfacer los requisitos individuales del Cliente (incluso en el caso de que Ibernova conozca estos requisitos). Es por tanto responsabilidad del Cliente asegurarse de que las características y funciones descritas en la Oferta satisfagan sus necesidades. Ibernova no asume responsabilidad alguna derivada de que el Software no proporcione funciones no especificadas en la documentación correspondiente o por Ibernova en la Oferta.
4.1.3. Ibernova garantiza y declara que tiene derecho a otorgar licencia de cualquier parte del Software que sublicencia al Cliente.
4.1.4. Ibernova no garantiza que el Software funcione de manera ininterrumpida o libre de errores. El Cliente reconoce que el Software no estará libre de errores. Sin perjuicio de ello, Ibernova trabaja con estándares de calidad propios de su sector para minimizar el impacto de posibles errores en el código.
4.2. Responsabilidades del Cliente
4.2.1. El Cliente proporcionará a Ibernova toda la información y documentación que Ibernova pueda razonablemente solicitar para el cumplimiento de sus obligaciones.
4.2.2. El Cliente proporcionará a Ibernova, sin que Ibernova incurra en coste alguno, acceso durante el horario de trabajo normal a las instalaciones, uso del teléfono y de líneas de comunicación y tiempo de ordenador que Ibernova pueda razonablemente considerar necesario para el cumplimiento de sus obligaciones.
4.2.3. El Cliente será responsable de la conectividad a su red y a Internet, incluyendo el mecanismo acordado para el acceso remoto de soporte.
4.2.4. El Cliente se asegurará de que los usuarios del Software hayan recibido una formación adecuada y de que los usuarios se comprometan a llevar a cabo su función respecto a la operación del Software según las Buenas Prácticas del Sector y de conformidad con cualquier Documentación y asesoramiento razonable proporcionado por Ibernova.
4.2.5. El Cliente designará a los usuarios clave de su organización, quienes deberán estar formados y acreditar competencia en el uso y configuración del Software. Dichos usuarios clave serán las personas que proporcionarán un primer nivel de soporte a los usuarios del Cliente y serán, a su vez, el punto de contacto principal con los técnicos de Ibernova.
4.2.6. Sin perjuicio de aquellos casos en los que así se pacte de forma expresa, el Cliente es responsable en todo momento de la seguridad e integridad de sus datos. Esto incluye, de forma enunciativa pero no limitativa, asegurarse de que se efectúan las copias de seguridad correspondientes de todos los datos y con frecuencia diaria y asegurarse de que el sistema pueda restaurarse a su estado anterior.
4.2.7. El Cliente es responsable de la precisión de lo introducido y extraído del Software, así como de asegurarse de que los parámetros del Software se hayan establecido correctamente a fin de efectuar la administración, el procesamiento de datos y los cálculos de conformidad con todo requisito legal, contable o fiscal.
4.2.8. El Cliente es responsable de asegurarse de proporcionar el equipo necesario para el buen funcionamiento del Software, y de que esté a punto para el inicio de los Servicios en una fecha mutuamente acordada por adelantado entre las partes, siempre que dichos equipos vayan a residir en las instalaciones del cliente.
4.3. Responsabilidad de Ibernova
4.3.1. Ibernova responderá única y exclusivamente por los conceptos y con los límites establecidos en la presente cláusula.
4.3.2. Ibernova aceptará su responsabilidad ante el Cliente por lesiones personales a los empleados del Cliente o daños materiales a bienes Propiedad del Cliente como resultado de un acto u omisión ilícito en el que concurra dolo o negligencia grave por parte de los empleados, representantes, subcontratistas o partners de Ibernova hasta un importe máximo de 1.500.000 €.
4.3.3.En el supuesto que Ibernova no cumpla con sus obligaciones de cualquier naturaleza derivadas de la/s oferta/s, su responsabilidad por incumplimiento, pérdidas o daños (ya sean contractuales, perjuicios –incluyendo incumplimiento, negligencia, falsedad o cualquier otra reclamación contractual o extracontractual–, restitución o de otra índole) no excederá, para el conjunto de todas las reclamaciones y causas de acción, y a excepción de lo dispuesto en la cláusula 4.3.2 anterior:
(i) en relación con la pérdida o daños causados por la provisión de Software o Servicios, en total el 100% de la Cuota de Licencia o la Cuota de Suscripción junto con la suma de las cuotas de Servicios efectivamente pagadas por el Cliente a Ibernova durante el año anterior al que se produce tal incumplimiento; y
(ii) en relación con la pérdida o daños causados por la provisión de Servicios de Soporte, Mantenimiento o SaaS, el 100% de la Cuota Anual de Soporte, Mantenimiento o SaaS efectivamente pagada por el Cliente a Ibernova durante el año anterior al que se produce tal incumplimiento.
4.3.4. En ningún caso será ninguna de las partes responsable ante la otra por como quiera que se produzcan:
(i) pérdida o daños indirectos o emergentes; o
(ii) pérdida de negocio, lucro cesante; pérdida de ingresos, pérdida y/o daños en la reputación comercial, pérdida o deterioro de datos o pérdida de contratos, ingresos o ahorros anticipados (sea lo anterior directo, indirecto o emergente)
(iii) pérdida de uso o valor de datos o equipos incluyendo software, tiempo perdido de gestión, de funcionamiento u otro (sea lo anterior directo, indirecto o emergente).
4.3.5. Es siempre condición para cualquier derecho a indemnización que el Cliente notifique los daños a Ibernova por escrito y en cualquier medio que garantice su recepción tan pronto como sea posible después de que se produzcan los mismos. También es condición imprescindible que el Cliente se encuentre amparado por un contrato de Mantenimiento y Soporte, Suscripción o SaaS vigente y al corriente de pago de sus obligaciones. En cualquier caso, Ibernova asumirá aquellos daños y perjuicios que haya causado exclusivamente por su intervención y en los que exista la necesaria y acreditada relación de causalidad entre su conducta y los daños causados.
4.3.6. En ningún caso Ibernova será responsable por daños que pudiera ocasionar el Cliente en incumplimiento de las obligaciones o responsabilidades por él contraídas bajo el presente Contrato.
4.3.7. Ibernova no responderá por reclamaciones de daños y perjuicios instadas frente al Cliente por terceros o por sociedades del grupo del Cliente, con independencia de la causa de tal reclamación, excepto en aquellos casos en que Ibernova deba responder por aplicación de una norma imperativa.
4.4. Control de cambios
Ibernova únicamente estará obligada a prestar los Servicios incluidos en la correspondiente Oferta, y con el alcance previsto en la misma. Asimismo, Ibernova no estará obligada a prestar servicios profesionales a clientes que no tengan en vigor y al corriente de pago un contrato de Mantenimiento y Soporte, Suscripción o SaaS sobre el Software afectado.
Asimismo, Ibernova proporcionará los servicios adicionales y efectuará los cambios a los Servicios (y a las cuestiones resultantes referentes al precio o al tiempo) que le sean solicitados por escrito y en cualquier medio que garantice su recepción por el Cliente, siempre y cuando Ibernova haya aceptado la solicitud de prestación de tales servicios adicionales, resultando de aplicación lo dispuesto en cuanto a tarifas en la cláusula 4.5 del mismo. A estos efectos, se entenderá que Ibernova ha aceptado la solicitud remitida por el Cliente si procede a ejecutar los Servicios solicitados por el Cliente.
4.5. Tarifas y Pago
4.5.1. Las tarifas por la prestación de los Servicios serán las que se pacten en cada una de las Ofertas suscritas por las partes, según corresponda.
4.5.2. Facturación y pago
4.5.2.1 El Cliente efectuará los pagos a Ibernova como contraprestación por la prestación de los Servicios o ejecución de los Proyectos de conformidad con los términos y condiciones establecidos en esta cláusula, a menos que se especifique lo contrario en la/s Oferta/s en virtud de las cuales se haya contratado cada Servicio o Proyecto concreto.
4.5.2.2 Salvo que las Partes decidan otra cosa, todas las facturas se emitirán en formato electrónico.
4.5.2.3 La fecha de emisión de la factura de las Cuotas de Licencia o Cuotas de Suscripción para el Software de Ibernova y/o para Los Productos de Terceros y el Software a Medida será la fecha del/de la/s aceptación y firma de la Oferta/s.
4.5.2.4 La fecha de pago de la factura de Mantenimiento y Soporte y Servicios SaaS será por periodos anticipados por lo que respecta a los servicios que se van a proporcionar en ese periodo. En el supuesto que durante el periodo el cliente requiera ampliar la cobertura de los servicios Ibernova podrá emitir una nueva factura complementaria.
4.5.2.5 El Cliente abonará a Ibernova las sumas detalladas en la/s Oferta/s junto con el IVA y cualquier otro impuesto o gravamen aplicado por las autoridades legales.
4.5.2.6 Todas las facturas se abonarán a treinta (30) días naturales a partir de la fecha de emisión de la factura.
4.5.2.7 Los gastos se cobrarán adicionalmente según las tarifas establecidas en la/s Oferta/s.
4.5.2.8 En el caso de demora en el pago:
(i) Ibernova se reserva el derecho (complementario a sus otros derechos) de aplicar a la suma adeudada el interés de demora para operaciones comerciales establecido por la Ley vigente, a partir de la fecha de vencimiento hasta que Ibernova reciba el pago íntegro, y de recuperar del Cliente todos los gastos incurridos en la recuperación de la cantidad debida por el Cliente; y
(ii) Ibernova no estará obligada a proporcionar Software o Servicios, incluidos los Servicios Profesionales, Servicios de Soporte, Servicios Suscripción y Servicios SaaS mientras haya alguna factura pendiente de cobro hasta que todos los importes debidos a Ibernova por parte del Cliente hayan sido liquidados por el mismo; y
(iii) en caso de que el Cliente no abone una factura correctamente emitida correspondiente a un curso de formación en su fecha de vencimiento, se cancelará la reserva del curso de formación.
4.5.2.9 El uso del Software puede requerir una clave de acceso temporal que impida al Cliente el uso del Software después de la fecha de caducidad de la clave si el Cliente no abona la Cuota de Licencia de conformidad con los presentes Términos y Condiciones. Ibernova suministrará una clave de acceso permanente cuando haya recibido la Cuota de Licencia íntegra.
4.5.2.10 Todas las Cuotas son no reintegrables.
4.6. Disputa de facturas
4.6.1. El Cliente deberá plantear por escrito toda disputa relativa al contenido de una factura emitida por Ibernova en el plazo de quince (15) días naturales a partir de la fecha de emisión de esta. A efectos del pago de facturas, se considerará que las facturas se han emitido correctamente y que deberá procederse a su pago cuando las facturas no hayan sido objeto de disputa en el plazo de quince (15) días naturales a partir de la fecha de emisión.
4.6.2. Si toda o parte de una factura es objeto de una disputa válida y razonable, el Cliente deberá proporcionar detalles por escrito sobre el importe y la causa de la disputa, y abonará a Ibernova todo importe no disputado a medida que venzan tales importes. Las partes, de buena fe, intentarán resolver la disputa referente al importe impagado. Durante ese tiempo, si el Cliente ha cumplido en su totalidad con lo establecido en la presente cláusula, Ibernova no tendrá derecho a cobrar intereses o denegar Servicios en referencia al importe disputado.
4.7. Cesión y subcontratación
4.7.1. Ninguna de las partes tendrá derecho a vender, ceder, sublicenciar, delegar, transferir o de otra manera disponer, ya sea directa o indirectamente, de sus derechos u obligaciones, excepto con el previo permiso por escrito de la otra parte, que no se denegará o retrasará sin causa justificada.
4.7.2. Cuando alguna de las partes desee ceder los derechos y obligaciones derivados de una Oferta a otra persona jurídica dentro de su grupo u organización en general con el propósito exclusivo de reorganización interna, la otra parte no se negará a tal cesión, siempre que se cumplan todas y cada una de las siguientes condiciones:
(i) tal persona jurídica acepte la cesión o delegación y asuma tales obligaciones por escrito;
(ii) el Cliente o Ibernova, según sea el caso la parte cedente, se mantengan completamente responsables del total cumplimiento de sus obligaciones, no liberándose de las mismas; y
(iii) el Cliente o Ibernova, según sea el caso la parte cedente, lo notifiquen por escrito a la otra parte dentro de los tres días laborables siguientes a la cesión y/o delegación, adjuntando copia de la cesión o delegación firmada.
4.7.3. Ibernova podrá prestar servicios por medio de sociedades de su grupo o subcontratistas ajenos al mismo.
4.7.4. En el supuesto de cesión temporal de personal especializado en informática perteneciente a Ibernova a causa de una necesidad puntual del Cliente para desarrollar actividades específicas, Ibernova cederá temporalmente al Cliente los servicios del personal designado al efecto, comunicándole los datos identificativos, su puesto o función y el periodo de cesión, así como el centro de trabajo de la prestación de servicios.
El trabajador continuará siendo empleado de Ibernova, quien mantendrá la relación laboral, incluyendo la retribución, cotizaciones a la seguridad social y demás obligaciones legales, aunque se integrará funcionalmente en la estructura del Cliente, quien asumirá la dirección y supervisión directa de las tareas encomendadas.
El Cliente abonará a Ibernova el importe correspondiente a los costes laborales del trabajador, incluyendo salario, seguridad social, y otros conceptos aplicables, más el porcentaje establecido en concepto de gestión, cuyo montante se facturará mensualmente.
4.8. Información Confidencial
4.8.1. Ambas partes se comprometen a otorgar el tratamiento de confidencial a todos los datos, así como la información contenida o representada en toda documentación que se les haga llegar, y no se revelará, ni íntegramente ni en parte, a ningún tercero. Los términos de esta cláusula no se aplicarán a la siguiente información:
(i) información que fuese del dominio público en el momento de revelarse.
(ii) información que, aunque fuera originalmente Información Confidencial, es ahora del dominio público por causas ajenas a la parte receptora de la Información Confidencial.
(iii) información concebida, perfeccionada o desarrollada de forma independiente por empleados o representantes de cualquiera de las partes o que esté en este momento o a partir de este momento bajo la posesión legal de cualquiera de las partes o de sus empleados o representantes, demostrable mediante registros por escrito donde el empleado o representante de la parte pueda demostrar que no ha tenido acceso a información confidencial recibida bajo una Oferta.
(iv) En los supuestos legalmente exigibles.
4.8.2. Las anteriores obligaciones respecto a la confidencialidad permanecerán vigentes y efectivas aun cuando la/s Oferta/s o el Contrato se resuelvan por cualquier motivo.
4.8.3. Nada en la presente cláusula 4.8 puede considerarse o interpretarse como un impedimento a que el Cliente revele Información Confidencial obtenida de Ibernova a:
(i) cualquier Filial (o departamento o agencia en el caso de los Clientes del sector público) del Cliente, siempre y cuando el Cliente haya requerido que tal información se trate de forma confidencial por parte de la mencionada Filial (o departamento o agencia en el caso de los Clientes del sector público) y sus empleados.
(ii) cualquier consultor o subcontratista contratado por el Cliente, siempre y cuando el Cliente haya obtenido del consultor o subcontratista un compromiso de confidencialidad firmado bajo sustancialmente las mismas condiciones contenidas en la presente cláusula.
y por lo que respecta a Ibernova y al Cliente, ninguna de las dos partes incurrirá en incumplimiento de la presente cláusula cuando se revele información en virtud de una obligación legal de revelar información o de los requerimientos de un organismo legislativo, pero solo en la medida en que sea necesario.
4.8.4. En el caso de haber contratado servicios SaaS, la confidencialidad en las comunicaciones vendrá preservada y dependerá del sistema utilizado en su transmisión y de la red por la que circulen; Ibernova no asume ninguna otra responsabilidad al efecto que las específicamente citadas en este contrato.
4.9. Terminación
4.9.1. Terminación del Contrato. El presente Contrato terminará por las siguientes causas:
(i) En cualquier momento, por mutuo acuerdo de las partes.
(ii) Por la denuncia del Contrato formulada por Ibernova, basada en el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones de pago asumidas por el Cliente en virtud del presente Contrato, sin perjuicio del derecho de Ibernova de optar por la continuación del Contrato y de exigir al Cliente el íntegro cumplimiento de sus obligaciones de pago, más los intereses de demora que le correspondan de conformidad con lo previsto en la cláusula 4.5.2.8.
4.9.2. Terminación de una Oferta suscrita al amparo del Contrato
4.9.2.1. Sin perjuicio de cualesquiera otras causas de terminación adicionales establecidas en cada una de ellas, cualquier Oferta suscrita al amparo del presente Contrato terminará por las siguientes causas:
(i) Por la conclusión del plazo de su duración o de cualquiera de sus prórrogas.
(ii) En cualquier momento, por mutuo acuerdo de las partes.
4.9.2.2. Ibernova tendrá el derecho de resolver y dejar sin efecto una Oferta, incluyendo la licencia de Software, de forma inmediata si:
(i) Hay algún incumplimiento de la cláusula 2 (Software); o
(ii) El Cliente no ha abonado en sesenta (60) días naturales ninguna cuota debida bajo una Oferta; o
(iii) El Cliente cesa de forma permanente en la utilización del Software y notifica a Ibernova por escrito a tal efecto.
4.9.2.3. En el supuesto que el Cliente no haya abonado las Cuotas Anuales de Soporte y/o Mantenimiento durante sesenta (60) días naturales o más, quedarán resueltos dichos Servicios, pero el Cliente podrá continuar teniendo derecho a utilizar el Software que tenga instalado cumpliendo las condiciones (económicas) que indique Ibernova.
4.9.2.4. En el supuesto de Servicio Suscripción o SaaS, si el Cliente no abona una de las cuotas, quedará resuelto dicho servicio, quedando restringido por tanto el acceso al Centro de Servicios SaaS, si corresponde.
4.9.2.5. Cualquier parte puede resolver una Oferta previa notificación por escrito a la otra parte si:
(i) la otra parte comete un incumplimiento material de cualquier término de una Oferta o del presente Contrato que (en el caso de un incumplimiento que pueda ser remediado) no se haya remediado en treinta (30) días naturales a partir de la solicitud por escrito de la otra parte para ponerle remedio.
(ii) la otra parte solicita los beneficios del concurso de acreedores o bien un tercero insta contra la misma un concurso de acreedores necesario que le impida continuar cumpliendo con normalidad sus obligaciones.
(iii) la otra parte es incapaz de abonar sus deudas de forma regular.
(iv) se designa a un fideicomisario, síndico, liquidador, interventor, administrador judicial o similar en relación con todo o parte del negocio o activos de la otra parte.
(v) la otra parte cesa su actividad de negocios como empresa en funcionamiento.
(vi) la otra parte deja de estar en una posición que le permita cumplir con las obligaciones asumidas bajo una Oferta.
4.9.2.6. Además, Ibernova puede resolver una Oferta por conveniencia previa notificación por escrito al Cliente con 12 meses de antelación, resultando de aplicación lo previsto en cuanto a los efectos de la terminación en la cláusula 4.10 siguiente.
4.9.2.7. En el supuesto que Ibernova adquiera el derecho a notificar la resolución en casos donde se haya designado un interventor, síndico, o administrador por parte del Cliente (o se haya hecho una designación equivalente), Ibernova no notificará tal resolución a menos que Ibernova crea razonablemente que puede haber un incumplimiento de los presentes Términos y Condiciones o que el Software pueda estar en peligro.
4.10. Efectos de la terminación
4.10.1. Efectos de la terminación del Contrato
(i) Producida la terminación del presente Contrato, las Partes vendrán obligadas a respetar y observar las cláusulas que, según éste, sobrevivan o sean aplicables pese a su terminación.
(ii) La terminación del Contrato supondrá la terminación automática de las Ofertas vigentes, y el Cliente vendrá obligado a satisfacer las cantidades que por cualquier concepto estuvieran pendientes de pago de las Ofertas vigentes.
(iii) A la expiración o terminación del Contrato y, consecuentemente, de las correspondientes Ofertas vigentes que se hubieran suscrito al amparo del Contrato, Ibernova proporcionará al Cliente la asistencia adicional (Ampliación Temporal de Servicios) establecida en esta cláusula, salvo en el caso de que Ibernova hubiera terminado el Contrato por incumplimiento del Cliente.
(iv) Ampliación Temporal de Servicios. En el caso de que Ibernova diese por terminado el Contrato por incumplimiento del Cliente, Ibernova sólo aceptará la Ampliación Temporal de Servicios si Ibernova así lo decide y el Cliente paga por adelantado la Ampliación Temporal de Servicios.
Las disposiciones aplicables del Contrato y de la/s correspondiente/ Oferta/s seguirán plenamente vigentes durante la Ampliación Temporal de Servicios.
4.10.2. Efectos de la terminación de una Oferta
(i) Cuando Ibernova resuelva una Oferta, el Cliente retornará inmediatamente el Software a Ibernova, o a petición de Ibernova, destruirá el Software y todas las copias del Software o de parte de él, y en un plazo de siete (7) días naturales, certificará a Ibernova por escrito que ha retornado o destruido el software, según corresponda.
(ii) Si el Cliente no retorna o destruye el Software, ello facultará a Ibernova, tras un razonable preaviso, a adoptar aquellas medidas necesarias para evitar que el mismo pueda seguir siendo utilizado.
4.11. Protección de Datos
4.11.1. Durante la vigencia de una Oferta, las partes cumplirán con lo dispuesto en la legislación vigente en cuanto a protección de datos de carácter personal, ya sean leyes o reglamentos, requisitos legales o códigos profesionales que rijan el uso, almacenamiento y/o comunicación de datos de carácter personal, y no permitirán ningún acto que pueda tener como resultado un incumplimiento de los mismos por cualquiera de las partes, todo ello de conformidad con lo previsto en el contrato Anexo de Protección de Datos de Carácter Personal que deberá suscribir el Cliente.
4.11.2 Para el caso de que el Cliente incumpla sus obligaciones de pago con Ibernova, y sin perjuicio de la facultad de terminación del Contrato que corresponde a Ibernova de conformidad con lo previsto en la cláusula 4.9.1, el Cliente autoriza desde este momento a Ibernova para que pueda ceder sus datos a empresas de gestión y recobro de deudas a fin de que puedan proceder a la reclamación de las mismas así como para su inclusión en ficheros de solvencia patrimonial. Ibernova efectuará una comunicación previa al Cliente indicándole la existencia de dicha deuda, así como la entidad cesionaria de los datos.
4.12. Fuerza Mayor
4.12.1.Las partes no tienen la responsabilidad de cumplir con ninguna obligación si es imposible hacerlo como consecuencia de una fuerza mayor. Se entenderá que el término fuerza mayor incluye fuerza mayor por parte de los proveedores de Ibernova, que los proveedores que el Cliente ha dispuesto que Ibernova utilice no puedan cumplir adecuadamente con sus obligaciones, así como cualquier defecto en Productos de Terceros o software que el Cliente ha dispuesto que Ibernova utilice.
4.12.2 Ninguna de las partes será responsable por retraso alguno en el cumplimiento de sus obligaciones si la causa del retraso son circunstancias razonablemente más allá de su control, imprevisibles y excepcionales, incluyendo, de forma enunciativa pero no limitativa, cualquier retraso provocado por interrupción del suministro eléctrico, de Internet, de medios de telecomunicación, huelgas y no disponibilidad de personal y todo retraso provocado por cualquier acto u omisión de la otra parte.
4.13. Divisibilidad
Las partes acuerdan que las limitaciones y exclusiones incluidas en los presentes Términos y Condiciones son razonables en todas las circunstancias de la relación comercial entre el Cliente y Ibernova, pero que, si en el futuro alguno de los términos se declara no aplicable o inválido en una circunstancia específica, no resultarán afectados ni su aplicación en el resto de las circunstancias ni los términos restantes.
4.14. Renuncia
La renuncia por cualquiera de las partes a exigir en un momento determinado el cumplimiento de cualquier disposición del presente Contrato o de una Oferta no implicará una renuncia con carácter general al cumplimiento presente o futuro de esa disposición o de cualquier otra disposición.
4.15. Notificaciones
Toda notificación, solicitud, petición, incluyendo las relativas a la enmienda o modificación de los presentes Términos y Condiciones, deberá efectuarse por escrito y enviarse a la dirección que el destinatario haya designado a través de una notificación de conformidad con lo dispuesto en esta cláusula. En todo caso, las partes aceptan expresamente la posibilidad de remitir dichas notificaciones por medios telemáticos, incluyendo, entre otros, el envío por correo electrónico a la persona y en la cuenta de correo corporativa designada por las partes a efectos de notificaciones.
Adicionalmente, las notificaciones que realice Ibernova podrán ser remitidas al Cliente a través de los mecanismos interactivos en línea que Ibernova tenga en cada momento implementados para su comunicación con sus clientes (por ejemplo, intranet, extranet, espacio web reservado para clientes, así como cualquier otro entorno similar). En particular, en este entorno, Ibernova podrá requerir al Cliente la aceptación del contenido de la notificación o la confirmación de que la misma ha sido recibida, entendiéndose que la aceptación o confirmación emitida por el Cliente en dicho entorno constituye una manifestación de voluntad válida y vinculante a todos los efectos.
Ibernova se reserva el derecho de notificar a los Clientes cualquier aspecto relacionado con novedades o funcionalidades del Software, así como a realizar encuestas directas para conocer el grado y satisfacción con el uso del mismo.
4.16. Procedimiento de disputa y legislación aplicable
En caso de disputa entre las partes, antes de ejercer cualquier derecho legal que corresponda, la parte perjudicada deberá proporcionar notificación por escrito del problema a un responsable de la otra parte. A continuación, ambas partes realizarán esfuerzos comercialmente razonables para resolver la disputa en los siguientes siete (7) días naturales. Si el problema permanece sin resolver, la parte perjudicada deberá entonces proporcionar notificación por escrito del problema al director general (o cargo equivalente) de la otra parte. A continuación, ambas partes realizarán esfuerzos comercialmente razonables para resolver la disputa en los siguientes siete (7) días naturales. Si al final de este periodo de catorce (14) días naturales aún no se ha llegado a una resolución, entonces la parte perjudicada tiene derecho a ejercer sus derechos legales.
La interpretación, validez y ejecución del presente acuerdo se regirá por la legislación española y estará sujeto a la jurisdicción exclusiva de los Juzgados y Tribunales de Madrid.
EL CLIENTE o “RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO”.
1. Que el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO es la persona jurídica, que solo o junto con otros, determina los medios y fines del tratamiento de datos objeto de este contrato de acuerdo con lo recogido en su registro de actividades de tratamiento y en atención a lo dispuesto en el artículo 4 apartado 7 del Reglamento (UE) 2016/679 General de Protección de Datos (en adelante “RGPD”).
2. Que el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO tratará por cuenta de EL CLIENTE, los datos personales necesarios para prestar los servicios que en cada oferta correspondan, de:
a) Consultoría informática en materia de Software.
b) Mantenimiento y soporte informático de la aplicación Olanet/Ibernova MOM/Enntte, de ahora en adelante “Servicios”.
c) Mantenimiento y soporte informático del ERP/MOM (RPS) de ahora en adelante “Servicios”.
d) Mantenimiento y soporte informático del ERP/MOM (Plataforma Ibernova) de ahora en adelante “Servicios”.
3. Que el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO podrá acceder a datos de carácter personal, durante la prestación de los Servicios al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO y/o a sus filiales. Dicha prestación de servicio podrá realizarse mediante acceso de SMARTTECH a los sistemas de información de EL CLIENTE por Remoto a través de redes de comunicaciones seguras (VPN, Team Viewer o similares) o por entrega de una copia de seguridad.
4. Que ambas Partes suscriben el presente contrato (en adelante, el “Contrato”), al objeto de formalizar el marco contractual del encargado del tratamiento de los datos personales, lo que convienen en base a las siguientes,
CLÁUSULAS:
PRIMERA. – NORMATIVA
El tratamiento de datos de carácter personal deberá respetar en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales (en adelante, “RGPD”), Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (en adelante, “LOPDGDD”), y demás normativa aplicable.
SEGUNDA. – OBJETO DEL ENCARGO DEL TRATAMIENTO
Mediante las presentes cláusulas se habilita al ENCARGADO DEL TRATAMIENTO, para tratar por cuenta del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, los datos de carácter personal estrictamente necesarios para la prestación de los Servicios identificados en el Expositivo Segundo del presente Contrato.
TERCERA. – IDENTIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN AFECTADA
Para la ejecución de las prestaciones derivadas del cumplimiento del objeto de este encargo, el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, pondrá a disposición del ENCARGADO DEL TRATAMIENTO,
a) Mantenimiento y soporte informático de la aplicación Olanet/Ibernova MOM/Enntte, la información que se describe a continuación:
- Datos identificativos: asociados a proyectos técnicos
- Otros datos: datos técnicos del Proyecto y aquellos datos que el Cliente adjunta al proyecto técnico
b) Mantenimiento y soporte informático del ERP/MOM (RPS), la información que se describe a continuación:
- Datos identificativos de clientes, proveedores, empleados y usuarios
- Datos económicos de clientes, proveedores y empleados
- Datos de control de presencia y de control de gastos de empleados
- Otros datos: datos que el Cliente incorpore a su ERP/MOM (en ningún caso, datos de especial protección)
c) Mantenimiento y soporte informático del ERP/MOM (Plataforma Ibernova), la información que se describe a continuación:
- Datos identificativos de clientes, proveedores, empleados y usuarios
- Datos económicos de clientes, proveedores y empleados
- Datos de control de presencia y de control de gastos de empleados
- Otros datos: datos que el Cliente incorpore a su ERP/MOM (en ningún caso, datos de especial protección)
CUARTA. DURACIÓN
El presente Contrato entrará en vigor desde el día de aceptación de la oferta y tendrá una duración indefinida y ligada a la duración de la prestación de los Servicios identificados en el Expositivo Segundo del presente Contrato
QUINTA. – OBLIGACIONES DEL ENCARGADO DEL TRATAMIENTO
De conformidad con lo previsto en el artículo 28 del RGPD, el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO y todo su personal se obliga a lo siguiente:
5.1 Tratamiento de los datos
- Utilizar los datos personales objeto de tratamiento o los que recoja para su inclusión, sólo para la finalidad objeto de la prestación del Servicio. En ningún caso podrá utilizar los datos para fines propios o de terceros.
- Tratar los datos de acuerdo con las instrucciones del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO. Si el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO considera que alguna de las instrucciones infringe el RGPD o cualquier otra disposición en materia de protección de datos de la Unión Europea o del estado español, el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO informará inmediatamente al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO.
- El ENCARGADO DEL TRATAMIENTO deberá llevar, por escrito, un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, que contenga, al menos, los siguientes:
- El nombre y los datos de contacto del encargado o encargados y de cada responsable por cuenta del cual actúe el encargado y, en su caso, del representante del responsable o del encargado y del delegado de protección de datos, si se hubiese designado.
- Descripción del tratamiento.
- Las categorías de tratamientos efectuados.
- La finalidad del tratamiento de datos personales.
- La justificación de la licitud del tratamiento de datos personales.
- Plazo de conservación.
- Las comunicaciones de datos previstas en favor de terceros, en su caso (y siempre y cuando conste la aceptación expresa por parte del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO).
- En su caso, las transferencias de datos personales a un tercer país u organización internacional, incluida la identificación de dicho tercer país u organización internacional y, en el caso de las transferencias indicadas en el artículo 49 apartado 1, párrafo segundo del RGPD, la documentación de garantías adecuadas.
- Una descripción general de las medidas técnicas y organizativas de seguridad relativas a:
- La seudonimización y el cifrado de datos personales.
- La capacidad de garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento.
- La capacidad de restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico.
- El proceso de verificación, evaluación y valoración regulares de la eficacia de las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad del tratamiento.
- Si el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO destinase los datos a otra finalidad, los comunicara o los utilizara incumpliendo las estipulaciones establecidas en el presente Contrato y/o la normativa vigente, será considerado también como RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, debiendo actuar conforme a la vigente normativa y respondiendo, en su caso, de las infracciones en que hubiera incurrido personalmente.
- En caso de que como consecuencia de la ejecución de los servicios resultara necesario en algún momento la modificación de lo estipulado en el presente Contrato, el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO lo requerirá razonadamente y señalará los cambios que solicita. En caso de que el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO estuviese de acuerdo con lo solicitado, las Partes formalizarán adenda al presente contrato actualizando los datos de modo que el mismo siempre recoja fielmente el detalle del tratamiento.
5.2 Comunicación de los datos
El ENCARGADO DEL TRATAMIENTO no comunicará los datos a terceras personas, salvo que cuente con la autorización expresa del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO en los supuestos legalmente admisibles.
El ENCARGADO DEL TRATAMIENTO podrá comunicar los datos a otros encargados del tratamiento del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, con el consentimiento previo y por escrito del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO y de acuerdo con sus instrucciones. En este caso, el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO identificará, de forma previa y por escrito, las entidades a las que se deben comunicar los datos, los datos a comunicar y las medidas de seguridad a aplicar para proceder a la comunicación.
Si el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO debe transferir datos personales, por imperativo legal o contractual, a un tercer país o a una organización internacional, en virtud del derecho de la Unión o de los Estados miembros que le sea aplicable, informará al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO de esa exigencia legal de manera previa, salvo que tal derecho lo prohíba por razones importantes de interés público.
5.3 Subcontratación de los servicios
Cuando el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO proceda a la subcontratación de actividades para la prestación de los Servicios y el subcontratista deba acceder a datos personales responsabilidad del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, deberá ponerlo en conocimiento con carácter previo al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, identificando al subcontratista, los datos personales afectados y el tratamiento a realizar, así como las condiciones del mismo, para que el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO pueda oponerse a dicha subcontratación, si la misma puede afectar a la seguridad de los Datos Personales.
Si finalmente el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO autoriza dicha subcontratación, el subcontratista también tendrá la condición de “encargado de tratamiento” estando obligado igualmente a cumplir las obligaciones establecidas en este documento para el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO y las instrucciones que dicte el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO. Corresponde al ENCARGADO DEL TRATAMIENTO regular la nueva relación, de forma que el nuevo encargado del tratamiento quede sujeto a las mismas condiciones (instrucciones, obligaciones, medidas de seguridad…) y con los mismos requisitos formales que él, en lo referente al adecuado tratamiento de los datos personales y a la garantía de los derechos de las personas afectadas. En el caso de incumplimiento por parte del subencargado, el encargado inicial seguirá siendo plenamente responsable ante el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO en lo referente al cumplimiento de las obligaciones.
El ENCARGADO DEL TRATAMIENTO informará al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO de cualquier cambio previsto en la incorporación o sustitución de otros subcontratistas.
Sin perjuicio de lo anterior, el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO autoriza al ENCARGADO DEL TRATAMIENTO los siguientes subencargados de tratamiento en los casos de contratación de cloud y/o de plataformas de gestión on line:
| Razón Social del subcontratista | Domicilio | Actividad |
Dassault Systemes España, SL CIF B64389760 | C/ Estebanez Calderon Ed Discovery núm. 3 5, 28020- Madrid (España) | Hosting |
Dassult Systemes SE CIF FR52322306440 | C10 Rue Marcel Dassault, 78140 Vélizy-Villacoublay (France) | Hosting |
ACCUDIRE S.r.l IVA nº IT04679020232 | Viale del Commercio 47, 37135 Verona, Italia | Hosting plataforma ExAc® |
Cualquier cambio en el proveedor de servicios de cloud se les informará por email.
5.4 Cesión de datos a terceros
Salvo que cuente con la autorización expresa del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, o exista una obligación legal, el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO no podrá comunicar, ceder, ni difundir los datos personales a terceros, ni siquiera para su conservación.
5.5 Transferencias internacionales de datos
Los datos del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO tratados por el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO no podrán ser tratados por este fuera del Espacio Económico Europeo (EEE) salvo que exista una autorización expresa del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO.
El RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO prohíbe expresamente la transferencia de datos fuera de los territorios señalados en el párrafo anterior ni directamente ni a través de cualesquiera subcontratistas autorizados conforme a lo establecido en el presente documento o demás documentos contractuales, salvo que esté obligado a ello en virtud del Derecho de la Unión o del Estado miembro que le resulte de aplicación.
En el caso de que en aplicación del derecho nacional o de la Unión Europea el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO se vea obligado a llevar a cabo alguna transferencia internacional de datos, el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO informará por escrito al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO de esa exigencia legal, con antelación suficiente a efectuar el tratamiento, y garantizará el cumplimiento de cualesquiera requisitos legales que sean aplicables al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, salvo que el derecho aplicable lo prohíba por razones importantes de interés público.
5.6 Compromiso de confidencialidad
El ENCARGADO DEL TRATAMIENTO deberá:
- Mantener el deber de secreto respecto a los datos de carácter personal a los que haya tenido acceso en virtud del presente encargo, incluso después de que finalice su objeto.
- Garantizar que las personas autorizadas para tratar datos personales se comprometan, de forma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidad y a cumplir las medidas de seguridad correspondientes, de las que hay que informarles convenientemente.
- Mantener a disposición del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO la documentación acreditativa del cumplimiento de la obligación establecida en el apartado anterior.
- Garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos personales de las personas autorizadas para tratar datos personales.
Esta obligación se extiende a toda persona que pudiera intervenir en cualquier fase del tratamiento por cuenta del ENCARGADO DEL TRATAMIENTO, siendo deber del ENCARGADO DEL TRATAMIENTO instruir a las personas que de él dependan, de este deber de secreto, y del mantenimiento de dicho deber aún después de la terminación de la prestación de los Servicios o de su desvinculación.
5.7 Atención de derechos
Cuando las personas afectadas ejerzan los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de datos y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas, ante el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO, éste debe comunicarlo al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO por correo electrónico a la dirección facilitada por éste. La comunicación debe hacerse de forma inmediata y dentro de los 3 días laborables siguientes al de la recepción de la solicitud, juntamente, en su caso, con otras informaciones que puedan ser relevantes para resolver la solicitud. El ENCARGADO DEL TRATAMIENTO asistirá al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, siempre que sea posible, para que éste pueda cumplir y dar respuesta a los ejercicios de Derechos.
5.8 Derecho de información
El derecho de información corresponde al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO. No obstante, en el caso de que el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO recogiera directamente en algún momento datos personales, en el momento de la recogida de los datos, debe facilitar la información relativa a los tratamientos de datos que se van a realizar. La redacción y el formato en que se facilitará la información se debe consensuar con el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO antes del inicio de la recogida de los datos, debiendo adecuarse, en todo caso, al contenido del RGPD y la LOPDGDD.
5.9 Notificación de violaciones de la seguridad de los datos
De conformidad con el artículo 33 del RGPD, el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO notificará al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, sin dilación indebida, y en cualquier caso antes del plazo máximo de veinticuatro (24) horas, y a través del correo electrónico facilitado, las violaciones de la seguridad de los datos personales a su cargo de las que tenga conocimiento, junto con toda la información relevante para la documentación y comunicación de la incidencia. Se deberá informar sobre aquella incidencia o fallo en su sistema de tratamiento y gestión de la información que haya tenido o pueda tener que ponga en peligro la seguridad de los datos personales, su integridad o su disponibilidad, así como cualquier posible vulneración de la confidencialidad como consecuencia de la puesta en conocimiento de terceros de los datos e informaciones obtenidos durante la ejecución de los servicios. Comunicará con diligencia información detallada al respecto, incluso concretando las personas afectadas que sufrieron una pérdida de confidencialidad y las medidas adoptadas para su inmediata resolución. Si se dispone de ella se facilitará, como mínimo, la información siguiente:
- Descripción de la naturaleza de la violación de la seguridad de los datos personales, inclusive, cuando sea posible, las categorías y el número aproximado de interesados afectados, y las categorías y el número aproximado de registros de datos personales afectados.
- El nombre y los datos de contacto del delegado de protección de datos o de otro punto de contacto en el que pueda obtenerse más información.
- Descripción de las posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los datos personales.
- Descripción de las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio a la violación de la seguridad de los datos personales, incluyendo, si procede, las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos.
Si no es posible facilitar la información simultáneamente, y en la medida en que no lo sea, la información se facilitará de manera gradual sin dilación indebida.
Corresponde al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO comunicar las violaciones de la seguridad de los datos a la Agencia Española de Protección de Datos. Así mismo, deberá comunicar en el menor tiempo posible las violaciones de seguridad de los datos a las personas interesadas, cuando sea probable que la violación suponga un alto riesgo para los derechos y las libertades de las personas físicas.
5.10 Evaluación de impacto
El ENCARGADO DEL TRATAMIENTO debe dar apoyo al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO en la realización de las evaluaciones de impacto (en adelante, “EIPD”) relativas a la protección de datos, cuando proceda. Del mismo modo, deberá dar apoyo al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO en la realización de las consultas previas a la autoridad de control.
5.11 Medidas de seguridad
El ENCARGADO DE TRATAMIENTO deberá tratar los datos personales de conformidad con los criterios de seguridad y el contenido previsto en el artículo 32 del RGPD, así como observar y adoptar las medidas técnicas y organizativas de seguridad necesarias o convenientes para asegurar la seguridad en cualquiera de sus dimensiones (confidencialidad, integridad, disponibilidad) de los Datos Personales a los que tenga acceso.
El ENCARGADO DEL TRATAMIENTO queda obligado a aplicar las medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 del RGPD.
En virtud de lo expuesto, el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO deberá implantar las medidas de seguridad destinadas a:
- Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento.
- Restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico.
- Verificar, evaluar y valorar, de forma regular, la eficacia de las medidas técnicas y organizativas implantadas para garantizar la seguridad del tratamiento.
- Seudonimizar y cifrar los datos personales, en su caso.
Se deberá realizar por parte el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO un análisis de riesgos de los tratamientos que realice a fin de poder establecer qué medidas debe aplicar y cómo debe hacerlo. El RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO se reserva el derecho de poder requerir al ENCARGADO DEL TRATAMIENTO la documentación y evidencias necesarias para acreditar el cumplimiento de lo establecido en el presente apartado.
5.12 Restitución de los datos personales
Una vez finalizada la prestación de los Servicios, el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO se compromete, según corresponda, a devolver o destruir:
- Los datos personales a los que haya tenido acceso.
- Los datos personales generados por el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO por causa del tratamiento.
- Los soportes y documentos en que cualesquiera de estos datos consten, sin conservar copia alguna; salvo que se permita o requiera por ley o por norma de derecho comunitario su conservación, en cuyo caso no procederá la destrucción.
El ENCARGADO DEL TRATAMIENTO podrá, no obstante, conservar los datos durante el tiempo que puedan derivarse responsabilidades de su relación con el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO. En este último caso, los datos personales se conservarán bloqueados y por el tiempo mínimo, destruyéndose de forma segura y definitiva al final de dicho plazo, según se establece en el artículo 32 de LOPDGDD. Cuando el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO lo solicitase, el ENCARGADO DE TRATAMIENTO deberá remitir certificado que acredite su destrucción.
5.13 Colaboración con el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO
El ENCARGADO DEL TRATAMIENTO deberá colaborar en la medida de lo posible con el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de:
- Medidas de seguridad.
- Comunicación y/o notificación de brechas (logradas e intentadas) de medidas de seguridad a las autoridades competentes o los interesados.
- Apoyar en la realización de evaluaciones de impacto relativas a la protección de datos personales (EIPD) y consultas previas al respecto a las autoridades competentes; teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento y la información de la que disponga.
- Formalización de aquellos documentos o contratos que sean precisos para el cumplimiento de la normativa de protección de datos en cada momento.
Así mismo, pondrá a disposición del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, a requerimiento de este, toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de las obligaciones previstas en este documento y demás documentos contractuales y colaborará, en la medida de lo posible, en la realización de auditorías e inspecciones, en su caso, por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
SEXTA. – OBLIGACIONES DEL RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO
El Responsable manifiesta de modo expreso que todos los datos suministrados al Encargado para llevar al cabo el servicio solicitado, han sido obtenidos de forma legítima, contando en aquellos casos que se considere necesario con el consentimiento libre, informado e inequívoco por parte del interesado, comprometiéndose además a:
a) Entregar o facilitar el acceso al encargado a los datos a los que se refiere la cláusula 2 de este documento.
b) Informar conforme a la normativa a los interesados cuyos datos sean objeto de tratamiento y haber obtenido de los mismos lícitamente su consentimiento expreso o contar con motivos legítimos y acreditables para el mismo.
c) Tener establecida la base legal que legitima el tratamiento
d) Disponer de mecanismos sencillos para que los interesados puedan ejercitar sus derechos.
e) Contar con evaluaciones de riesgo, con un registro de los tratamientos y evaluaciones de impacto si fuera necesario por la naturaleza de los datos tratados
f) Realizar una evaluación del impacto en la protección de datos personales de las operaciones de tratamiento a realizar por el Encargado.
g) Tener habilitadas las medidas de seguridad adecuadas para salvaguardar los datos en la transmisión de los datos al encargado
h) Realizar las consultas previas que corresponda.
i) Velar, de forma previa y durante todo el tratamiento, por el cumplimiento del RGPD por parte del encargado.
j) Supervisar el tratamiento, incluida la realización de inspecciones y auditorías.
k) Nombrar un delegado de protección de datos en los casos que fuera obligatorio y comunicar su identidad al encargado.
SÉPTIMA. – PERSONAS VINCULADAS AL TRATAMIENTO DE LOS DATOS
El ENCARGADO DEL TRATAMIENTO deberá llevar un listado de personas autorizadas para tratar los datos personales necesarios para la prestación de los servicios y garantizar que las mismas se comprometen, de forma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidad, y a cumplir con las medidas de seguridad correspondientes, de las que les debe informar convenientemente. Así mismo, el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO deberá garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos personales de las personas autorizadas a su tratamiento.
El ENCARGADO DEL TRATAMIENTO mantendrá a disposición del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO la documentación que acredita el cumplimiento de lo establecido en el presente apartado.
OCTAVA. – DELEGADO DE PROTECCIÓN DE DATOS
El ENCARGADO DEL TRATAMIENTO deberá nombrar un delegado de protección de datos (en adelante, “DPO”), en caso de que sea necesario según el RGPD y la LOPDGDD y comunicarlo al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO. Esta comunicación tendrá lugar, asimismo, cuando la designación sea voluntaria, así como la identidad y datos de contacto de la(s) persona(s) física(s) designada(s) por el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO como su(s) representante(s) a efectos de protección de los datos personales, responsable(s) del cumplimiento de la regulación del tratamiento de datos personales, en las vertientes legales/formales y en las de seguridad.
A tal efecto, el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO tiene designado un DPO inscrito en el Registro de la AEPD y cuyos datos de contacto son:
NOVENA. – AUDITORÍA Y EVIDENCIAS DE CUMPLIMIENTO
El ENCARGADO DEL TRATAMIENTO deberá disponer de evidencias que demuestren su cumplimiento de la normativa de protección de datos personales y del deber de responsabilidad activa. Entre otras evidencias, realizará controles sobre el grado de cumplimiento de la normativa que pondrá a disposición del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO a requerimiento de este. Así mismo, durante la prestación de los servicios, pondrá a disposición del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO toda información, certificaciones y auditorías realizadas en cada momento.
DÉCIMA. – RESPONSABILIDAD
EL ENCARGADO DEL TRATAMIENTO responderá de los daños y perjuicios causados por el tratamiento cuando no haya cumplido con las obligaciones descritas en el presente contrato y con la normativa aplicable en esta materia o cuando haya actuado al margen o en contra de las instrucciones escritas establecidas por el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO.
Cuando más de un ENCARGADO DEL TRATAMIENTO haya participado en la misma operación del tratamiento y sean responsable de cualquier daño o perjuicio causado por dicho tratamiento, cada encargado será considerado responsable de todos los daños y perjuicios probados.
DECIMOPRIMERA. – NOTIFICACIONES
Toda notificación necesaria a los efectos del presente Contrato se hará por escrito a la atención y dirección de quien consta en el encabezamiento del presente Contrato o bien a través de los correos electrónicos facilitados.
DECIMOSEGUNDA. – DEBER DE INFORMACIÓN
En cumplimiento de la normativa aplicable en materia de protección de datos personales (Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos; Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales; se informa a los representantes legales y/o firmantes del presente contrato de que sus datos personales recabados a través del mismo serán tratados por el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, en cumplimiento y control de la relación contractual, así como gestión económica, contable y fiscal y la gestión de facturación.
La base legal para tratar los datos de carácter personal facilitados es la ejecución del contrato, así como el cumplimiento de obligaciones legales. Los datos no serán comunicados a terceros salvo obligación legal.
Los datos personales proporcionados se conservarán mientras dure la relación establecida por medio del presente contrato. Transcurrido dicho plazo se procederá al bloqueo de estos, con el fin de poder atender a las posibles responsabilidades derivadas del tratamiento de los datos, y sólo durante los plazos de prescripción de dichas responsabilidades. Una vez transcurran dichos plazos, se eliminará definitivamente esa información mediante métodos seguros.
Los representantes legales y/o firmantes del contrato tienen derecho a ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición y limitación del tratamiento, así como otros derechos cuando proceda, mediante el envío de un correo electrónico a las direcciones facilitadas.
Cuando lo considere pertinente, podrá acudir a la Autoridad de Control en materia de protección de datos personales: Agencia Española de Protección de Datos.
DECIMOTERCERA. – LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
El contrato se regirá por la legislación española, con sometimiento expreso a los Juzgados y Tribunales de Donosti/San Sebastián, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponder, para la resolución de las posibles controversias que puedan surgir en la interpretación, desarrollo, ejecución y/o resolución del presente contrato.